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Cálculo de la Carga correspondiente a Viviendas PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Emilio Carrasco Sánchez.   
martes, 25 de enero de 2005
CÁLCULO DE LA CARGA CORRESPONDIENTE A VIVIENDAS
La siguiente circular tiene por objeto el clarificar como se calcula la carga correspondiente a las
viviendas en un edificio, de acuerdo con el nuevo Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (RD
842/2002).
Veamos varios casos, en los que tengamos sólo viviendas con grado de electrificación básico, sólo
viviendas con grado de electrificación elevado, una combinación de ambas y por último, viviendas
con tarifa nocturna.

CASO 1: 10 Viviendas con grado de electrificación básico.
En este caso, el coeficiente de simultaneidad de la ITC-BT-10 para 10 viviendas será de 8,5; por
tanto la carga a considerar será:
5.750 x 8,5 = 48.875 W

CASO 2: 25 viviendas con grado de electrificación básico.

El coeficiente de simultaneidad según la ITC-BT-10 se calculará de acuerdo con la expresión:
15,3+(n-21).0,5 = 15,3+(25-21).0,5 = 17,3; por tanto la carga a considerar será:
5.750 x 17,3 = 99.475 W
CASO 3: 16 viviendas con grado de electrificación elevado.
En este caso, el coeficiente de simultaneidad de la ITC-BT-10 para 16 viviendas será de 12,5; por
tanto la carga a considerar será:
9.200 x 12,5 = 115.000 W

CASO 4: 31 viviendas con grado de electrificación elevado.

El coeficiente de simultaneidad según la ITC-BT-10 se calculará de acuerdo con la expresión:
15,3+(n-21).0,5 = 15,3+(31-21).0,5 = 20,3; por tanto la carga a considerar será:
9.200 x 20,3 = 186.760 W

CASO 5: 10 viviendas con grado de electrificación básico y 12 con grado elevado

En este caso no podemos calcular cada tipo de viviendas por un lado y luego sumar, tal y
como se hacía con el antiguo reglamento.
Hemos de hacer la media aritmética de las viviendas:
(10 x 5.750 + 12 x 9.200) / 22 = 7.631,82 W
Ahora buscamos en la ITC-BT-10 el coeficiente para 22 viviendas que será:
15,3 + 1 x 0,5 = 15,8; con lo que tendremos:
7.631,82 x 15,8 = 120.583 W
MUY IMPORTANTE: Este cálculo es para calcular la carga total del edificio, de ahí
calcularemos la Línea General de Alimentación, pero cada Derivación Individual se
calculará:
Para las viviendas con G.E. básico: 5.750 W
Para las viviendas con G.E. elevado: 9.200 W

CASO 6: 5 viviendas con G.E. básico y 5 viviendas con G.E. elevado. Todas ellas disponen de

calefacción eléctrica con acumulación, por tanto contratarán tarifa nocturna. La potencia SÓLO
de acumuladores será respectivamente de 12 y 18 kW respectivamente.
Observesé que hemos partido con la potencia que tenemos en acumulación, pues cada tipo de
vivienda tendrá la potencia correspondiente a su grado de electrificación más la acumulación.
Calcularemos primero la carga que corresponde a las viviendas como tales, es decir, sin calefacción;
siguiendo los criterios anteriores:
La media aritmética será:
(5 x 5.750 + 5 x 9.200) / 10 = 7.475 W
El coeficiente a aplicar es 8,5, por tanto:
7.475 x 8,5 = 63.537,5 W = 63.538 W (redondeando)
Ahora le añadiremos la carga de los acumuladores, que no lleva coeficiente:
5 x 12.000 + 5 x 18.000 = 150.000 W
Con lo que la carga a considerar será 63.538 + 150.000 = 213.538 W

MUY IMPORTANTE: Este cálculo es para calcular la carga total del edificio, de ahí

calcularemos la Línea General de Alimentación, pero cada Derivación Individual se
calculará:
Para las viviendas con G.E. básico: 5.750 + 12.000 = 17.750 W
Para las viviendas con G.E. elevado: 9.200 + 18.000 = 27.200 W
 
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